PETITORIA
Por los hechos expuestos y citas de derecho apuntadas, la ASOCIACION DEPORTIVA ALTA VELOCIDAD LA GUACIMA, le pide al ICODER :
1- Entre a conocer en el menor tiempo posible la apelación dada, pues se requiere de una resolución pronta para que se pueda declarar sin atraso
alguno al Campeón de la categorìa.
2- Se DECLARE CON LUGAR la apelación interpuesta de nuestra parte y se anule el voto nùmero 003- 07-2011 del Tribunal de la FECOM de las 18 horas del 1 de agosto del 2011, acogiendo en un todo los elementos de hecho y derecho expuestos en el mismo.
3- Que se declare que NO HUBO violaciones al debido proceso y al derecho de defensa en la sanción impuesta al vehículo nùmero 77 en la Cuarta Fecha del
Campeonato Nacional de Velocidad 2011.
4- Que la sanción con la exclusión del Tercer Heat de la Cuarta Fecha del Campeonato Nacional de Velocidad, al vehículo 77 de la Categoría Super Turismo del concursante Davis Laitano, està correcta y conforme a Derecho.
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